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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Pesca"
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# REGLAMENTO de la Ley de Pesca - Artículo 32

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LA PESCA EN GENERAL
- CAPÍTULO I - DE LA CLASIFICACIÓN DE LA PESCA Y SU REGULACIÓN GENÉRICA

```text
Artículo 32.- La captura incidental no podrá exceder del volumen que la Secretaría determine para cada pesquería, según las zonas, épocas y artes de pesca que correspondan. Los excedentes de los volúmenes de captura incidental que determine la Secretaría en las normas, serán considerados como pesca realizada sin concesión o permiso.

La comercialización de la pesca incidental se sujetará a las normas que emita la Secretaría.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Pesca, artículo 32.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
