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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Puertos"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Puertos - Artículo 5

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

```text
Artículo 5. Para la delimitación de Zonas de Desarrollo Portuario, la Secretaría en coordinación con la dependencia competente, por sí o a solicitud de parte interesada, deberá efectuar los estudios necesarios para determinar su conveniencia y, en su caso, hacer las propuestas que procedan a los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios correspondientes.

El acuerdo respectivo deberá publicarse en el Diario Oficial de la Federación, además de las publicaciones que procedan en los diarios o gacetas oficiales de las entidades federativas o municipios de que se trate.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Puertos, artículo 5.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 65_071220.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
