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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Puertos"
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article_label: "Artículo 87"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Puertos - Artículo 87

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO XI - OPERACIÓN
- SECCIÓN TERCERA - ATRAQUE, PERMANENCIA DE BUQUES Y ALMACENAMIENTO

```text
Artículo 87. Los movimientos de entrada y salida de los buques en los Puertos, así como cualquier maniobra dentro de estos, quedarán sujetos a las prioridades que correspondan, pero no habrá distinciones al respecto por el pabellón de los buques o por el monto de los cargos que deban pagarse por los servicios.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Puertos, artículo 87.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 65_071220.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
