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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal"
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# REGLAMENTO de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal - Artículo 12

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO II - Condiciones que deben llenarse para obtener un título profesional o grado académico e instituciones autorizadas para expedirlos.

```text
ARTICULO 12.- Sólo las instituciones a que se contrae el artículo 1o. de la Ley podrán expedir títulos profesionales y grados académicos. Esta restricción no limita a otras instituciones para impartir enseñanza profesional; pero no estarán facultadas para extender títulos o grados, circunstancia que deberán mencionar expresamente en su correspondiente documentación y publicidad.
Artículo reformado DOF 08-05-1975
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, Relativo al Ejercicio de las Profesiones en el Distrito Federal, artículo 12.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
