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# REGLAMENTO de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria - Artículo 92

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - DE LA SITUACIÓN MIGRATORIA

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Artículo 92.- Los dictámenes a que se refieren los artículos 90 y 91 del presente Reglamento, deberán ser remitidos al Instituto dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la emisión de los mismos.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria, artículo 92.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
