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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Registro Público Vehicular"
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article_label: "Artículo 3"
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# REGLAMENTO de la Ley del Registro Público Vehicular - Artículo 3

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

```text
Artículo 3.- El Secretariado Ejecutivo integrará, coordinará, desarrollará, administrará y controlará la infraestructura tecnológica, los sistemas y procedimientos destinados a la conformación, actualización y operación de la base de datos del Registro, así como a su consulta y a la expedición de las constancias de inscripción respectivas, velando por la calidad y seguridad de los procesos correlativos.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Registro Público Vehicular, artículo 3.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 269_200521.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
