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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro"
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# REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro - Artículo 118

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO XII - DE LAS NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRÓNICO

```text
ARTÍCULO 118. El documento digital en el cual conste el acto administrativo a notificar, deberá contener la firma electrónica avanzada del funcionario competente que emita el acto. Asimismo, dicho documento deberá acompañarse de la cédula de notificación respectiva, la cual deberá ser firmada electrónicamente por el notificador designado por la Comisión para tales efectos.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, artículo 118.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSAR.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
