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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro"
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# REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro - Artículo 122

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO XII - DE LAS NOTIFICACIONES POR CORREO ELECTRÓNICO

```text
ARTÍCULO 122. Las notificaciones a través de correo electrónico surtirán sus efectos el día hábil siguiente a aquél en que fueron practicadas y el cómputo de los plazos empezará a correr a partir del día hábil siguiente a aquél en que surta efectos la notificación.

La manifestación que haga el interesado o su representante legal de conocer el acto administrativo, surtirá efectos de notificación en forma desde la fecha en que se manifieste haber tenido tal conocimiento, si ésta es anterior a aquella en que debiera surtir efectos la notificación de acuerdo con el párrafo anterior.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, artículo 122.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSAR.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
