---
regulation_key: "Reg_LSAR"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "61"
article_label: "Artículo 61"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LSAR"
canonical_path: "/Reg_LSAR/articulo/61/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro - Artículo 61

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO V - DE LA DISPERSIÓN E INDIVIDUALIZACIÓN DE LAS CUOTAS Y APORTACIONES DE LOS TRABAJADORES

```text
ARTÍCULO 61. Las Empresas Operadoras deberán identificar la Administradora en que esté registrado cada uno de los Trabajadores, y dispersar la información relativa a las cuotas y aportaciones correspondientes a las subcuentas que integren su Cuenta Individual.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, artículo 61.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSAR.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
