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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro"
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# REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro - Artículo 74

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO VII - DE LA PARTICIPACIÓN DE LOS INSTITUTOS DE SEGURIDAD SOCIAL EN BENEFICIO DE LOS TRABAJADORES

```text
ARTÍCULO 74. Para el correcto funcionamiento de los Sistemas de Ahorro para el Retiro en beneficio de los Trabajadores, el INFONAVIT realizará las siguientes acciones:

I.	Proporcionar de manera continua a las Empresas Operadoras, la información relativa a sus afiliados para que éstos puedan registrarse o ser asignados en las Administradoras;

II.	Proporcionar de manera continua a las Empresas Operadoras y al IMSS, la información sobre los Trabajadores a los que les haya sido otorgado o cancelado un crédito de vivienda;

III.	Realizar de conformidad con la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus reglamentos, y con base en la información que le proporcione la Comisión o las Empresas Operadoras, acciones tendientes a que los patrones formulen las aclaraciones relativas a las Aportaciones al INFONAVIT que enteren y que no puedan ser individualizadas. A tal efecto, el INFONAVIT informará a la Comisión o a las Empresas Operadoras las acciones realizadas;

IV.	Coadyuvar en lo conducente, para que se consideren en las Subcuentas de Vivienda los resultados de los procesos de unificación y Separación de Cuentas;

V.	Entregar los recursos de la Subcuenta de Vivienda a la Administradora que corresponda, o en su caso, al Trabajador o sus beneficiarios que tenga derecho a recibirlos, dentro de un plazo máximo de quince días hábiles contados a partir de que se solicite el retiro de los mismos;

VI.	Emitir opinión respecto de las operaciones y procesos en los que el Manual de Procedimientos Transaccionales prevea su participación;

VII.	Celebrar convenios con el IMSS, a efecto de determinar las comisiones máximas que podrán cobrar las Entidades Receptoras por la recaudación de las cuotas y aportaciones de los Trabajadores, y

VIII.	Las demás que establezcan las disposiciones aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, artículo 74.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSAR.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
