---
regulation_key: "Reg_LSE"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "115"
article_label: "Artículo 115"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LSE"
canonical_path: "/Reg_LSE/articulo/115/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico - Artículo 115

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DE LA TRANSMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO Y LAS TARIFAS ELÉCTRICAS
- Capítulo VI - Del Acceso a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución

```text
Artículo 115. La Transportista y la Distribuidora se deben sujetar a las Reglas del Mercado y la regulación que establezca la CNE en coordinación con la Secretaría, en relación con el acceso a la Red Nacional de Transmisión y a las Redes Generales de Distribución, de manera que se garanticen la Accesibilidad, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, Eficiencia, Seguridad y Sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional, en concordancia con los estudios elaborados por el CENACE y bajo condiciones efectivas de acceso, factibilidad técnica y se propicie el desarrollo y operación eficiente del sector eléctrico.
Dicha regulación debe prever los acuerdos, procedimientos y requisitos necesarios para mantener la continuidad operativa entre las actividades que realiza la Empresa Pública del Estado en el sector eléctrico.
Cuando la Transportista o la Distribuidora nieguen el acceso al servicio a una persona usuaria cuando sea técnicamente factible y no afecte la Confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional bajo los criterios aprobados y expedidos por la CNE y por el CENACE, la parte afectada puede solicitar por escrito la intervención de la Secretaría y de la CNE en el ámbito de sus respectivas atribuciones.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico, artículo 115.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
