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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico"
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico - Artículo 20

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
- Capítulo IV - De los Permisos y Autorizaciones

```text
Artículo 20. Las Generadoras asumen, en todo momento, los riesgos derivados de cualquier circunstancia que pueda impedir, retrasar o modificar las condiciones de operación o funcionamiento de la Central Eléctrica y la disponibilidad de energía eléctrica, salvo aquellos que constituyan un evento fortuito o causa de fuerza mayor.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico, artículo 20.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
