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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico"
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico - Artículo 202

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEXTO - DE LA MANIFESTACIÓN DE IMPACTO SOCIAL DEL SECTOR ENERGÉTICO Y LA CONSULTA PREVIA
- Capítulo I - De la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético

```text
Artículo 202. La autorización definitiva de la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético tiene validez, siempre y cuando el proyecto no sufra modificaciones sustanciales, entendiéndose por estas, uno o más de los siguientes casos:
I.	Cambio en la ubicación o el área de influencia que implique la identificación de nuevas localidades, o comunidades y pueblos;
II.	Cambio en el proyecto que implique Impactos Sociales adicionales, y
III.	Cualquier otra que se determine por la Secretaría en las disposiciones administrativas de carácter general en materia de impacto social.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico, artículo 202.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
