---
regulation_key: "Reg_LSE"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "28"
article_label: "Artículo 28"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LSE"
canonical_path: "/Reg_LSE/articulo/28/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico - Artículo 28

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
- Capítulo IV - De los Permisos y Autorizaciones

```text
Artículo 28. La Secretaría y la CNE pueden implementar procedimientos simplificados para el otorgamiento de permisos de generación o almacenamiento de energía eléctrica para Proyectos Estratégicos y aquellos necesarios para salvaguardar la integridad del Sistema Eléctrico Nacional y del Mercado Eléctrico Mayorista.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico, artículo 28.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
