---
regulation_key: "Reg_LSE"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "294"
article_label: "Artículo 294"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LSE"
canonical_path: "/Reg_LSE/articulo/294/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico - Artículo 294

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO DÉCIMO PRIMERO - DEL CONTENIDO NACIONAL Y DE LAS ESTRATEGIAS PARA EL FOMENTO INDUSTRIAL Y DE LA INVERSIÓN EN EL SECTOR ELÉCTRICO
- Capítulo I - Disposiciones Generales

```text
Artículo 294. Para efectos de las compras, adquisiciones y contrataciones de proveeduría que realice el Estado mexicano cuyo objeto sea para la generación eléctrica, la prestación del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica, la Secretaría debe establecer en las bases de licitación, en el contrato o asociación correspondiente, los porcentajes mínimos y demás condiciones de contenido nacional, conforme lo señalado en la fracción XLVI del artículo 10 de la Ley.
Asimismo, la Secretaría puede establecer requisitos que fomenten el uso de materiales bajos en emisiones y que promuevan la economía circular.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico, artículo 294.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
