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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico"
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico - Artículo 48

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- Capítulo I - De la Generación Distribuida

```text
Artículo 48. Las Centrales Eléctricas de Generación Exenta y Generación Distribuida deben cumplir con las Especificaciones Técnicas, así como con las disposiciones que emita la CNE en coordinación con la Secretaría en materia de Accesibilidad, Eficiencia, Calidad, Confiabilidad, Continuidad, Seguridad y Sostenibilidad. Dichas disposiciones deben tomar en cuenta que las Centrales Eléctricas de Generación Distribuida pueden constituirse como un medio para alcanzar los objetivos de Justicia Energética.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico, artículo 48.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
