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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico"
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico - Artículo 66

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- Capítulo III - De la Generación para el Mercado Eléctrico Mayorista

```text
Artículo 66. La Suministradora de Servicios Básicos, de manera preferente, puede adquirir a través de Contratos de Cobertura Eléctrica, la energía eléctrica y Productos Asociados de las Centrales Eléctricas desarrolladas por el Estado. Los productos de dichos proyectos pueden ser comercializados a través del Mercado Eléctrico Mayorista en términos de las Reglas del Mercado. Lo anterior, siempre que dichas centrales cuenten con los permisos, registros, contratos y demás requisitos normativos correspondientes.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico, artículo 66.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
