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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico"
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico - Artículo 99

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DE LA TRANSMISIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA, DEL SUMINISTRO ELÉCTRICO Y LAS TARIFAS ELÉCTRICAS
- Capítulo II - Condiciones Generales para la Prestación del Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica y del Suministro Eléctrico

```text
Artículo 99. Los procedimientos de coordinación entre el CENACE, las Integrantes del Sector Eléctrico y Participantes del Mercado, para la atención a fallas, así como las instrucciones operativas del CENACE, deben establecerse en los instrumentos normativos correspondientes relacionados con el Suministro Eléctrico y el Servicio Público de Transmisión y Distribución de Energía Eléctrica.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico, artículo 99.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
