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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico - Transitorio Vigésimo

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

```text
Vigésimo. A partir de la entrada en vigor del presente reglamento, la CNE debe publicar en un plazo de ciento ochenta días hábiles, las disposiciones administrativas de carácter general sobre Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica a que se refiere el artículo 193 de la Ley.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico, artículo transitorio-vigesimo.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
