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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano"
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article_label: "Artículo 12"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano - Artículo 12

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - De la Integración del Servicio Exterior
- CAPÍTULO IV - De la Comisión de Personal

```text
ARTÍCULO 12.- Los miembros de las subcomisiones de la Comisión de Personal que contempla la Ley no podrán participar a través de representantes o suplentes, con excepción del Presidente de cada una, salvo por casos fortuitos o de fuerza mayor. Dicha participación podrá darse a través del uso de medios electrónicos.

En caso de ausencia temporal del Presidente de las Subcomisiones de Ingreso, Rotación, Evaluación o de Asuntos Disciplinarios, éste será suplido por el Director General.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, artículo 12.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 96_190418.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
