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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano"
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article_label: "Artículo 126"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano - Artículo 126

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - De los Derechos y Prestaciones de los Miembros del Servicio Exterior
- CAPÍTULO III - Vacaciones, Licencias y Otras Prestaciones

```text
ARTÍCULO 126.- El Instituto Matías Romero promoverá oportunidades de estudio para la capacitación y actualización permanente de los Miembros del Servicio Exterior. Dichas oportunidades atenderán las necesidades de la Secretaría conforme a las prioridades establecidas por la Comisión de Personal.

Los Miembros del Servicio Exterior estarán obligados a participar en los cursos de capacitación y actualización a los que sean convocados y la Secretaría facilitará su participación.
Artículo reformado DOF 02-11-2018
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, artículo 126.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 96_190418.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
