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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano - Artículo 40

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - Del Ingreso, Escalafón, Antigüedad y Ascensos
- CAPÍTULO I - Del Ingreso al Servicio Exterior

```text
ARTÍCULO 40.- El ingreso lateral, entendido éste como la observancia y aplicación del artículo 34 de la Ley, se hará a través de concursos que serán anunciados, cuando resulte posible su realización, en la misma fecha que el concurso general de ingreso a que se refiere el artículo 28 de la Ley y se desarrollarán en los siguientes términos:

I.	Los aspirantes deberán inscribirse al concurso general de ingreso, señalando su intención de participar en el concurso de ingreso por artículo 34 de la Ley y participarán únicamente en las etapas que señala dicho artículo;

II.	Los participantes en los concursos por artículo 34 de la Ley deberán presentar a la Subcomisión de Evaluación, informes de desempeño elaborados por quien o quienes hayan fungido como sus superiores jerárquicos durante los últimos dos años. Dichos informes deberán reflejar criterios iguales o similares a los aplicados al Personal de Carrera en la evaluación de sus expedientes;

III.	Las examinaciones a que se refiere el segundo párrafo del artículo 34 de la Ley podrán consistir en aquellas que se apliquen en el concurso de ascenso para el rango de Consejeros, así como una o más de las siguientes:

a)	Exámenes de control de confianza;

b)	Examen sobre el conocimiento de la normatividad aplicable a la labor diplomática;

c)	Examen de idioma inglés oral y escrito a nivel avanzado;

d)	Evaluación sobre conocimientos y competencias para la promoción de la igualdad de género, y

e)	Revisión de su expediente para confirmar que hayan presentado la totalidad de sus declaraciones de situación patrimonial, de interés y fiscal, y que no se encuentren inhabilitados para desempeñarse en el sector público, y

IV.	La Subcomisión de ingreso podrá establecer medidas afirmativas para promover la paridad de género en los ingresos laterales.

Dentro de un término que no excederá de seis meses, quienes ingresen al Servicio Exterior al rango de consejero, y una vez que reciban su nombramiento, serán comisionados a una Adscripción de tipo consular.

No podrán participar en concursos de ingreso lateral, quienes sean o hayan sido Miembros del Servicio Exterior de carrera en ambas ramas durante los cinco años anteriores a la fecha de realización del concurso al que pretendan presentarse.
Artículo reformado DOF 02-11-2018
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, artículo 40.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 96_190418.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
