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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano"
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article_label: "Artículo 44"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano - Artículo 44

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - Del Ingreso, Escalafón, Antigüedad y Ascensos
- CAPÍTULO III - De los Ascensos

```text
ARTÍCULO 44.- Los ascensos del Personal de Carrera en la rama diplomático-consular hasta ministro, a que se refiere el artículo 37 de la Ley, serán siempre al rango inmediato superior.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, artículo 44.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 96_190418.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
