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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano"
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article_label: "Artículo 6"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano - Artículo 6

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - De la Integración del Servicio Exterior
- CAPÍTULO III - Del Personal Asimilado

```text
ARTÍCULO 6.- La Secretaría, a través de la Comisión de Personal, estudiará las solicitudes de acreditación que le sean presentadas conforme al artículo 8 de la Ley y, de encontrarlas procedentes, emitirá su recomendación a la Subsecretaría correspondiente para gestionar la acreditación ante el gobierno receptor u organismo internacional de que se trate, en el rango diplomático o consular que determine la propia Secretaría a través de dicha Comisión.
Artículo reformado DOF 02-11-2018
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, artículo 6.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 96_190418.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
