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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos"
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article_label: "Artículo 118"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos - Artículo 118

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LAS DEMÁS ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS
- Capítulo II - Del Alcance de las Actividades Permisionadas
- Sección Sexta - De la Compresión, Descompresión, Licuefacción y Regasificación de Gas Natural

```text
Artículo 118. Los permisos de Licuefacción se pueden otorgar a Particulares o empresas públicas del Estado que pretenden contar con Sistemas mediante los cuales el Gas Natural se somete a un proceso físico para cambiarlo de fase gaseosa a líquida, mantenerlo en fase líquida durante la Guarda, con la finalidad de entregarlo a personas Permisionarias de Almacenamiento, Transporte o Distribución, o de exportación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos, artículo 118.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
