---
regulation_key: "Reg_LSH"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "153"
article_label: "Artículo 153"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LSH"
canonical_path: "/Reg_LSH/articulo/153/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos - Artículo 153

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LAS DEMÁS ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS
- Capítulo VI - Del Contenido de los Títulos de Permisos

```text
Artículo 153. La Normatividad aplicable a los permisos, emitida por la Secretaría o la Comisión, en el ámbito de sus competencias, deben establecer los modelos de los títulos de permisos para cada una de las actividades permisionadas conforme al presente reglamento.
Los títulos de permiso deben contener, entre otros, los siguientes elementos:
I.	El nombre o razón o denominación social y domicilio de la persona Permisionaria en el territorio nacional;
II.	El objeto del permiso;
III.	La fecha de otorgamiento y su vigencia;
IV.	La descripción del Sistema y el monto de inversión;
V.	Los productos autorizados;
VI.	Las obligaciones de la persona Permisionaria y las condiciones del permiso;
VII.	Los términos y condiciones para la prestación de los servicios, en su caso;
VIII.	Los seguros con los que debe contar y mantener la persona Permisionaria, en su caso, y
IX.	La estructura del capital social de la persona Permisionaria, en su caso.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos, artículo 153.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
