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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos"
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article_label: "Artículo 172"
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos - Artículo 172

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LAS DEMÁS ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS
- Capítulo IX - De la Regulación Económica
- Sección Primera - De los Términos y Condiciones para la Prestación de los Servicios

```text
Artículo 172. Sin menoscabo de la Normatividad que al efecto emitan la Secretaría o la Comisión, los términos y condiciones para la prestación de los servicios a que se refiere esta Sección deben contener, como mínimo, lo siguiente:
I.	Las características y alcances de la prestación del servicio permisionado al amparo de la actividad regulada de conformidad con lo previsto en la Ley, este reglamento y demás Normatividad aplicable;
II.	La forma en que los sujetos obligados deben garantizar el Acceso Abierto No Indebidamente Discriminatorio en la prestación de los servicios, alineada a los mecanismos de Asignación de Capacidad que para tal efecto emita la Secretaría, en los casos en que esta obligación sea aplicable;
III.	Los derechos y obligaciones de la persona Permisionaria y de las personas Usuarias y Usuarias Finales e incluir las condiciones para la suspensión del servicio;
IV.	El esquema de penalizaciones y bonificaciones ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales entre las partes;
V.	Las condiciones negociables que, en su caso, pueden pactarse de común acuerdo con las personas Usuarias y Usuarias Finales;
VI.	Establecer los límites de transferencia de custodia de los Hidrocarburos, Petrolíferos y Petroquímicos;
VII.	El procedimiento para la atención de quejas, así como el procedimiento arbitral para la solución de controversias derivadas de la prestación de los servicios permisionados, y
VIII.	El cumplimiento de la Normatividad aplicable.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos, artículo 172.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
