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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos"
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos - Artículo 189

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DE LAS DEMÁS ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS
- Capítulo IX - De la Regulación Económica
- Sección Quinta - De las Contraprestaciones, Precios y Tarifas

```text
Artículo 189. Las personas Permisionarias en ningún momento del procedimiento deben presentar a la Comisión información que modifique la propuesta de contraprestaciones, precios o tarifas contenida en la solicitud que refiere el artículo 187, fracción I del presente reglamento, y que no haya sido objeto de las fracciones II y III del artículo referido.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos, artículo 189.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
