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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos"
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos - Artículo 26

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DEL RECONOCIMIENTO Y EXPLORACIÓN SUPERFICIAL Y DE LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS
- Capítulo III - De las Asignaciones para Desarrollo Propio

```text
Artículo 26. La Secretaría debe establecer en el título de Asignación para Desarrollo Propio, además de lo previsto en la Ley, los siguientes términos y condiciones:
I.	Descripción general de las actividades de Exploración y su período;
II.	Descripción general de las actividades de Extracción y su período, en su caso;
III.	Los Términos Técnicos y Operativos de la Asignación;
IV.	Las condiciones para la sustitución a una Asignación para Desarrollo Mixto, y
V.	Los demás que establezca la Secretaría.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos, artículo 26.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
