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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos"
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article_label: "Artículo 273"
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos - Artículo 273

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - DE LA VERIFICACIÓN
- Capítulo II - De las Visitas de Verificación

```text
Artículo 273. Las personas verificadoras se encuentran dotadas de fe pública en los actos en que intervienen conforme al ejercicio de sus atribuciones y, por tanto, estos deben presumirse por ciertos, salvo prueba en contrario.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos, artículo 273.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
