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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos"
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos - Artículo 278

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - DE LA VERIFICACIÓN
- Capítulo III - De la Verificación mediante Requerimientos y Comparecencias

```text
Artículo 278. Para efectos de este Capítulo, se entiende por verificación mediante requerimientos y comparecencias, a las actividades que realizan la Secretaría y la Comisión para supervisar y vigilar, en el ámbito de sus respectivas competencias, el cumplimiento de la Ley, el presente reglamento, Normas Oficiales Mexicanas, y demás Normatividad aplicable al sector hidrocarburos, mediante la realización de requerimientos de información, de informes y acceso a bases de datos, así como la citación a comparecer en la sede que la Secretaría o la Comisión determinen.
Las disposiciones previstas en el presente Capítulo solo son aplicables a las actividades que regula el Título Tercero de la Ley.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos, artículo 278.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
