---
regulation_key: "Reg_LSH"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "295"
article_label: "Artículo 295"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LSH"
canonical_path: "/Reg_LSH/articulo/295/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos - Artículo 295

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - DE LA VERIFICACIÓN
- Capítulo IV - De las Medidas Cautelares y Precautorias

```text
Artículo 295. La Secretaría o la Comisión, según corresponda, debe emitir la resolución correspondiente, dentro de los quince días hábiles siguientes a la conclusión del plazo otorgado para ofrecer pruebas y realizar manifestaciones.
En caso de que con la información presentada se subsanen o desvirtúen las causas que dieron origen a la imposición de la medida, se debe ordenar en la resolución administrativa correspondiente el levantamiento inmediato de la medida impuesta.
En el supuesto de que no se presente la información dentro del plazo establecido o que la información presentada no subsane o desvirtúe las causas que dieron origen a la imposición de la medida, la autoridad competente debe señalar de manera fundada y motivada, las razones que sustentan dicha determinación en la resolución administrativa que emita.
En su caso, la resolución debe incluir las acciones correctivas que resulten necesarias para subsanar o desvirtuar las causas que dieron origen a la imposición de la medida, con el objeto de que se solicite el levantamiento de la medida cautelar o precautoria.
En la resolución señalada en el párrafo anterior, la autoridad debe solicitar la anotación en el sistema de registro de permisos, e indicar la leyenda “Suspensión Provisional”, la cual subsiste hasta que se ordene su levantamiento.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos, artículo 295.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
