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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos - Artículo 318

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - OTRAS DISPOSICIONES
- Capítulo I - De la Ocupación Temporal y la Intervención
- Sección Segunda - De la Intervención

```text
Artículo 318. Se entiende por intervención la medida temporal mediante la cual la Secretaría o la Comisión, en el ámbito de sus competencias, se hacen cargo de la administración y operación de los bienes, derechos e instalaciones con las que la persona Permisionaria realiza la actividad o prestación del servicio, cuando se configuren los supuestos establecidos en el artículo anterior.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos, artículo 318.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
