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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos"
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article_label: "Artículo 49"
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# REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos - Artículo 49

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DEL RECONOCIMIENTO Y EXPLORACIÓN SUPERFICIAL Y DE LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS
- Capítulo V - De los Contratos para la Exploración y Extracción
- Sección Segunda - Del Proceso de Licitación de los Contratos para la Exploración y Extracción

```text
Artículo 49. Los Lineamientos Técnicos deben contener por lo menos lo siguiente:
I.	El objeto de la licitación;
II.	Los requisitos para acreditar los criterios de precalificación referidos en el artículo 50 de la Ley. Dichos requisitos pueden acreditarse mediante empresas relacionadas o por conducto de algún socio o integrante de un consorcio;
III.	En su caso, las características y términos de la participación del Estado mexicano a través de Petróleos Mexicanos de conformidad con el artículo 41 de la Ley;
IV.	Las garantías de seriedad de las propuestas;
V.	Las causales para no considerar o para desechar propuestas, y
VI.	Las causales para no celebrar Contratos para la Exploración y Extracción.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos, artículo 49.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSH.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
