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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar - Artículo 145

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO XIV - Del domicilio

```text
ARTICULO 145.- Todos los mexicanos de edad militar están obligados a dar aviso de cambio de domicilio dentro de los cinco días de verificado éste, personalmente o por escrito, a las Juntas Municipales de Reclutamiento tanto del antiguo domicilio como del nuevo lugar de residencia. Si el aviso se da por escrito deberá formularse precisamente en los machotes (modelo número 7) que proporcionarán gratuitamente las Oficinas de Correos y no devengará porte; al depositarse el aviso se sellará el duplicado para constancia del cumplimiento de la obligación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar, artículo 145.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
