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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar - Artículo 146

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO XIV - Del domicilio

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ARTICULO 146.- Los mexicanos de edad militar no encuadrados en las unidades del activo que por la naturaleza propia de sus trabajos o por cualquier otra circunstancia no estuvieren en un lugar fijo deben manifestarlo a la Junta Municipal de Reclutamiento que le corresponda para que ésta lo haga del conocimiento de la Oficina Central de Reclutamiento, con copia para las Oficinas de Zona y de Sector. La Oficina Central de Reclutamiento determinará la forma y lugar o lugares en que han de cumplir con las obligaciones que les impone la Ley del Servicio Militar, de acuerdo con las circunstancias que ellos expongan.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar, artículo 146.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
