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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar"
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article_label: "Artículo 148"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar - Artículo 148

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO XV - De los libros de inscripción, de la cartilla de identificación y matrícula

```text
ARTICULO 148.- Los libros que menciona el artículo anterior, contendrán los datos siguientes:

I.- Matrícula que le corresponda;

II.- Nombre y apellidos paterno y materno;

III.- La fecha y lugar de nacimiento;

IV.- El nombre y el apellido de los padres;

V.- Si es mexicano por nacimiento o naturalización y manera de comprobarlo;

VI.- Su domicilio;

VII.- Su estado civil;

VIII.- Si sabe leer y escribir y grado máximo a que llegó en sus estudios;

IX.- Ocupación a que se dedica;

X.- Si tiene causas aparentes de excepción o inutilidad para el servicio de las armas;

XI.- Observaciones.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar, artículo 148.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
