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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar - Artículo 164

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO XV - De los libros de inscripción, de la cartilla de identificación y matrícula

```text
ARTICULO 164.- Al visarse la Cartilla de Identificación, se hará constar si el interesado está al corriente de las obligaciones que impone el articulo 5° de la Ley del Servicio Militar y este Reglamento. Si el interesado no ha cumplido con sus obligaciones militares, se le consignará a las autoridades correspondiente y una vez que haya cumplido con la pena que se le hubiere impuesto, se visará su Cartilla de Identificación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar, artículo 164.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
