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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar - Artículo 192

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO XIX - De la organización y funcionamiento de las Juntas Municipales de Reclutamiento

```text
ARTICULO 192.- Las Juntas Municipales de Reclutamiento estarán constituidos por:

I.- El Presidente Municipal;

II.- Un Regidor;

III.- Tres vecinos caracterizados, nombrados por el Jefe del Sector correspondiente.

Fungirá como Presidente de la Junta el primero y como Secretario el vecino que se designe por votación económica en la primera sesión anual que se celebre.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar, artículo 192.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
