---
regulation_key: "Reg_LSM"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "234"
article_label: "Artículo 234"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LSM"
canonical_path: "/Reg_LSM/articulo/234/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar - Artículo 234

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO XXIII - De la recursos, reclamaciones o inconformidades

```text
ARTICULO 234.- Los términos comenzarán a correr un día después de que haya sido notificado el interesado personalmente o por las publicaciones respectivas y se contarán por días naturales, excluyendo los domingos, días de fiesta nacional y los que hubieren sido declarados inhábiles. Los términos por ningún motivo podrán ser prorrogados.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar, artículo 234.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
