---
regulation_key: "Reg_LSM"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "243"
article_label: "Artículo 243"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LSM"
canonical_path: "/Reg_LSM/articulo/243/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar - Artículo 243

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO XXIII - De la recursos, reclamaciones o inconformidades

```text
ARTICULO 243.- Si en la inconformidad o reclamación se ofreciere cualquier otra prueba, que no sea la documental o instrumental, la oficina que deba conocer el asunto señalará al interesado un término que no excederá de quince días para que se rindan, ya sea ante la propia oficina o ante la autoridad encargada del reclutamiento del lugar en que las mismas deben recibirse.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar, artículo 243.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
