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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar - Artículo 45

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO VI - Del anticipo de incorporación

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ARTICULO 45.- La Secretaría de la Defensa Nacional fijará anualmente el número máximo de los que pueden obtener el anticipo de incorporación.

La misma Secretaría tiene la facultad de negar anticipos en los casos que estime pertinentes.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar, artículo 45.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
