---
regulation_key: "Reg_LSPCAPF"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "31"
article_label: "Artículo 31"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "260"
canonical_path: "/Reg_LSPCAPF/articulo/31/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal - Artículo 31

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo Décimo - Del Subsistema de Ingreso

```text
Artículo 31.- El reclutamiento de aspirantes a ocupar los puestos del Sistema se llevará a cabo por conducto de las DGRH. Éstas deberán implementar los mecanismos necesarios para promover la más amplia participación y atraer al mayor número de participantes en las convocatorias, de conformidad con las disposiciones aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, artículo 31.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 260.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
