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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal"
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article_label: "Artículo 56"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal - Artículo 56

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Capítulo Décimo Segundo - Del Subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades

```text
Artículo 56.- Los requisitos de calidad, conforme a los cuales se debe impartir la capacitación y actualización, son los siguientes:

I.	Ser consistentes los diversos elementos del curso, tales como: objetivos de aprendizaje, temario, actividades para el aprendizaje, evaluaciones correspondientes y requisitos de aprobación;

II.	Considerar el uso de técnicas y metodologías adecuadas conforme al contenido temático y la modalidad de impartición, con el fin de fortalecer el aprendizaje;

III.	Usar apropiadamente el lenguaje y el diseño gráfico, para fortalecer el proceso de aprendizaje;

IV.	Prever facilidades de interacción entre las personas participantes e instructora o tutora, y

V.	Cumplir, cuando los cursos sean impartidos en modalidad virtual, con las características operativas y didácticas que se requieran para el logro de los aprendizajes de las personas participantes.
Artículo reformado DOF 04-01-2024
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, artículo 56.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 260.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
