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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en Materia de Aportaciones"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en Materia de Aportaciones - Artículo 23

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO II - DE LAS APORTACIONES
- SECCIÓN TERCERA - De la forma y momento de pago de las aportaciones

```text
Artículo 23.- El solicitante no estará obligado a efectuar aportaciones adicionales, a consecuencia de cambios, con posterioridad a la firma del convenio, en el diseño o cálculo de la obra específica, de la modificación o de la ampliación, cuando dichos cambios se realicen por acciones imputables al suministrador.
Artículo reformado DOF 16-12-2011
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en Materia de Aportaciones, artículo 23.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
