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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en Materia de Aportaciones"
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# REGLAMENTO de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en Materia de Aportaciones - Artículo 34

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO IV - DE LA SOLICITUD DE SERVICIO

```text
Artículo 34.- El suministrador, con base en la información proporcionada por el solicitante, y sujetándose a los criterios y bases para determinar y actualizar el monto de las aportaciones y de la solución técnica mas económica o el costo en que incurra el suministrador cuando por razones financieras o sistémicas técnicas, no exista otra solución, formulará el presupuesto de la obra específica, la modificación o, en su caso, la ampliación, y deberá preparar la descripción detallada de las características particulares del servicio incluyéndose, a petición del solicitante, las especificaciones de materiales, equipos y mano de obra. Será obligatorio para el suministrador entregar esta información al solicitante dentro de los plazos que a continuación se establecen, contados a partir del día siguiente al de la notificación del aviso a que se refiere el artículo anterior.

TENSIÓN	TIPO DE SERVICIO	DEMANDA (KILOWATTS)	TIEMPO DE RESPUESTA
(DÍAS)
Baja	a) Individual
b) Individual
c) Colectivo
d) Colectivo	Hasta 5
Mayor de 5
Hasta 1000
Mayor de 1000	5
10
15
20
Media	e) Individual
f) Colectivo	Cualquier valor
Cualquier valor	10
20
Alta	g) Individual
h) Colectivo	Cualquier valor
Cualquier valor	30
30

Si el suministrador al entregar la información referida en el párrafo anterior, por causas imputables a éste, se excede en el plazo indicado, deberá bonificar al solicitante, en los términos señalados en el artículo 42 Bis del presente Reglamento.
Artículo reformado DOF 16-12-2011
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, en Materia de Aportaciones, artículo 34.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
