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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización"
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article_label: "Artículo 84"
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# REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización - Artículo 84

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - INCORPORACIÓN VOLUNTARIA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO
- CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES

```text
Artículo 84. El aseguramiento en la incorporación voluntaria no cubre:

I.	Cirugía estética;

II.	Adquisición de anteojos, lentes de contacto, lentes intraoculares y aparatos auditivos;

III.	Cirugía para corrección de astigmatismo, presbicia, miopía e hipermetropía;

IV.	Tratamientos de lesiones autoinfligidas y las derivadas de intento de suicidio;

V.	Tratamiento de lesiones derivadas de la práctica profesional de cualquier deporte con riesgo físico;

VI.	Examen médico preventivo solicitado por el asegurado o sus beneficiarios;

VII.	Tratamientos de trastornos de conducta y aprendizaje;

VIII.	Tratamientos dentales, excepto extracciones, obturaciones y limpieza;

IX.	Otorgamiento de órtesis, prótesis y aditamentos especiales;

X.	Tratamiento de padecimientos crónicos que requieran control terapéutico permanente;

XI.	Tratamientos quirúrgicos o médicos para corrección de alteraciones de la fertilidad de la pareja;

XII.	Tratamiento de secuelas de lesiones musculoesqueléticas o neurológicas, de origen traumático adquiridas con anterioridad al aseguramiento, y

XIII.	Tratamiento de secuelas de enfermedades degenerativas del sistema nervioso central y periférico y secuelas de enfermedad vascular cerebral; insuficiencia vascular periférica, entre otras, adquiridas con anterioridad al aseguramiento.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, artículo 84.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
