---
regulation_key: "Reg_LSS_MAEBA"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "12"
article_label: "Artículo 12"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LSS"
canonical_path: "/Reg_LSS_MAEBA/articulo/12/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución - Artículo 12

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS BIENES
- CAPÍTULO PRIMERO - DE LA RECEPCIÓN Y CONTROL

```text
Artículo 12.- La Subdelegación integrará y pondrá a disposición de la Jefatura Delegacional de Servicios Administrativos una base de datos, en la que se identifiquen detalladamente los bienes recibidos para su administración y enajenación, de acuerdo a la naturaleza de los mismos, a efecto de que ésta incorpore la información correspondiente a la enajenación de los mismos.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución, artículo 12.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
