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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución"
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article_label: "Artículo 21"
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# REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución - Artículo 21

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO TERCERO - DEL COMITÉ TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN Y ENAJENACIÓN DE BIENES ADJUDICADOS

```text
Artículo 21.- El Comité Técnico tendrá las atribuciones siguientes:

I.	Aprobar el calendario anual de sesiones ordinarias;

II.	Analizar las solicitudes de enajenación de los bienes, y resolver sobre las mismas;

III.	Emitir opinión sobre la contratación, nombramiento o remoción de terceros especializados, atendiendo a las circunstancias específicas del planteamiento que se someta a su consideración;

IV.	Analizar los informes sobre las acciones que se hayan realizado en la administración de los bienes y, en su caso, dictar las medidas conducentes para su optimización;

V.	Determinar los casos en que para la celebración del acto de subasta pública presencial o de adjudicación directa, se deban solicitar los servicios de un notario público, en función de las características del caso o el valor de los bienes a enajenar;

VI.	Determinar los casos en que los bienes, para efectos de su enajenación, podrán considerarse como un lote o chatarra;

VII.	Evaluar y, en su caso, proponer las medidas que, de acuerdo a la naturaleza del bien, se requieran para su administración, y

VIII.	Las demás que determine el Consejo Técnico del Instituto y las que se establezcan en su Manual de Integración y Operación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social, en materia de administración y enajenación de bienes adjudicados con motivo de la aplicación del procedimiento administrativo de ejecución, artículo 21.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
