---
regulation_key: "Reg_LSS_RFARGFA"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "transitorio-cuarto"
article_label: "Transitorio CUARTO"
article_type: "transitory"
parent_law_key: "LSS"
canonical_path: "/Reg_LSS_RFARGFA/articulo/transitorio-cuarto/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento - Transitorio CUARTO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

```text
CUARTO.- El Consejo Técnico expedirá el Manual a que se refiere el último párrafo del artículo 9 de este Reglamento, dentro de los treinta días posteriores a la entrada en vigor del presente ordenamiento.

En tanto se expide el referido Manual, se continuará aplicando lo dispuesto en los artículos 3 al 9 del Reglamento para la Administración e Inversión de los Recursos Financieros del Instituto Mexicano del Seguro Social.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley del Seguro Social para la constitución, inversión y uso para la operación de las Reservas Financieras y Actuariales y la Reserva General Financiera y Actuarial, así como para la determinación de los costos financieros que deberán reintegrarse a la Reserva de Operación para Contingencias y Financiamiento, artículo transitorio-cuarto.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LSS.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
